Los vocales del Consejo de la Judicatura (CJ) anunciaron hoy que impugnarán la decisión de destituirlos adoptada por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social Transitorio (Cpccs-t), encargado de evaluar a los organismos de control de Ecuador.
El anuncio lo hizo el CJ en un comunicado poco después que el presidente del Cpccs-t, Julio César Trujillo, anunciase el fallo de ese organismo por considerar que supuestamente el Consejo no actuó de forma independiente y por presuntamente haber influido en la designación de jueces.
Según una evaluación efectuada por el Consejo de Participación, el Consejo de la Judicatura, presuntamente no ejerció sus funciones de forma independiente durante el Gobierno del expresidente Rafael Correa (2007-2017).
En la evaluación de la situación del organismo judicial, el Cpccs-t indicó que existían discrepancias sobre la legitimidad de los cargos de los vocales de la Judicatura, ya que ese órgano de designación de jueces “fue integrado, en su mayoría por exfuncionarios del Gobierno de ese entonces”, según señaló en su cuenta de Twitter.
Gustavo Jalk, presidente del Consejo de la Judicatura; Néstor Ardito, Tania Arias, Ana Karina Peralta y Alejandro Judía, habían ocupado sus cargos y tenían lazos de amistad con el Ejecutivo de Correa, señaló el Cpccs-t.
En el comunicado, el CJ señaló que espera recibir la notificación oficial de la resolución tomada por el Cpccs-t para ejercer su derecho a la impugnación y para pronunciarse en las próximas horas sobre el contenido de la mencionada decisión.
No obstante, avanzó que rechazan “los calificativos vertidos de manera infundada en la resolución del Pleno del Cpccs-t, así como las aseveraciones carentes de fundamento técnico-jurídico o fáctico para pretender sustentar sus opiniones parcializadas”.
“Adicionalmente, -dijo- se ha evidenciado una nueva violación al debido proceso, tanto por la inclusión de temas que jamás nos fueron notificados para ejercer nuestro derecho a la defensa, como por el uso de otros parámetros de evaluación que no estaban expresamente indicados en el denominado ‘Mandato de Evaluación de las Autoridades Designadas por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social’”.
Según el CJ, sus argumentos y pruebas de descargo “no fueron considerados a la hora de resolver”. EFE
(I)