Con lo aprobado, todos los derechos y obligaciones, constantes en convenios, contratos u otros instrumentos jurídicos nacionales e internacionales, que le correspondían a la Supercom será asumidos por el Consejo de Regulación, Desarrollo y Promoción de la Información y Comunicación (Cordicom); así también las partidas presupuestarias y todos los bienes muebles e inmuebles, activos y pasivos.
Este cambio lo planteó, a última hora, la asambleísta Jeannine Cruz (CREO), considerando que la defensora del Pueblo Gina Benavides insistió ante la Comisión que no puede asumir las atribuciones de la Supercom, porque estaría siendo juez y parte frente a eventuales reclamos de la ciudadanía por la difusión de contenido violento a través de los medios de comunicación.
Según lo aprobado, 63 artículos fueron reformados; 14 derogados; en 23 se realizan agregados; y 45 artículos no sufren cambios.
Desaparece la Supercom
Entre los cambios se destacan a más de la eliminación de Supercom, la supresión del linchamiento mediático, así como el capítulo relacionado con los códigos deontológicos contenidos en los artículos 9 y 10 de la Ley vigente. Este informe pasará a conocimiento del pleno de la Asamblea para su aprobación. Fue aprobado con siete votos a favor y tres en contra.
Otro de los cambios que anoche realizó la comisión de Derechos Colectivos presidida por Jorge Corozo (AP), fue disponer que todas las acciones pecuniarias que se hayan impuesto a los medios de comunicación y a periodistas por parte de la Supercom sean revisadas.
Bebidas alcohólicas
También se incluyó un texto en el artículo 94 de la LOC, donde los medios de comunicación quedarían habilitados para emitir publicidad de bebidas de moderación de hasta cinco grados de alcohol; esta disposición, según debatieron los legisladores, permitirá la publicidad de la cerveza artesanal en el país, que constituye uno de los emprendimientos que fundamentalmente lo realizan los jóvenes, dijeron.
Igualmente, se estableció un texto que obliga tanto a los anunciantes públicos como privados a distribuir equitativamente la pauta publicitaria en los medios de comunicación de cobertura regional o local, la cual no será inferior al 10 % en poblaciones menores a 500 mil habitantes. (I)
Fuente: Diario El Universo