Un nuevo informe para segundo debate está listo para conocimiento del Pleno. Se trata del proyecto de Ley Orgánica de Actuación en Casos de Personas Desaparecidas y Extraviadas. Su propósito es que el país cuente con un marco legal específico y especializado que asegure una respuesta oportuna y eficiente frente a estos hechos.
Para aprobarlo fue necesario el voto favorable de ocho legisladores de la Comisión Especializada Ocasional para Atender los Casos de Personas Desaparecidas, presidida por el Asambleísta Absalón Campoverde.
La propuesta, que se la remitió inmediatamente a la Secretaría General del Parlamento, define con precisión la problemática; las obligaciones del Estado; y, los mecanismos para la prevención y atención de estos temas. Además, reconoce los derechos de las víctimas.
Con la propuesta, se crea un Sistema Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas, Extraviadas y Respuesta a las Víctimas Indirectas. Estará integrado por 18 instituciones públicas, que tienen relación con la temática. El Sistema es coordinar las acciones de estas entidades para la ejecución de políticas públicas, protocolos y programas, entre otros deberes.
Pero, con el propósito de que haya un seguimiento continuo a los temas, también se crea un Comité de Investigación, Búsqueda y Localización, que se reunirán -como mínimo- semestralmente. Estará conformado por la Fiscalía, Ministerio de Gobierno, Policía y el Sistema Nacional de Medicina Legal, quienes deberán diseñar planes y programas, identificar factores de reincidencia, efectuar estadísticas y diagnósticos para solicitar al Sistema acciones emergentes.
La norma tiene un enfoque humanitario, en torno a las personas que han sido localizadas sin vida, hace hincapié en la importancia de proporcionar respuestas a las víctimas indirectas. Lo mismo en los procesos de búsqueda y localización.
Además, se crean dos registros nacionales, uno para personas desparecidas y otro forense. El fin es centralizar en una sola plataforma la información pertinente para contar con los insumos necesarios que permitan agilizar los procesos de investigación. La norma también exige que el Servicio Nacional de Ciencias Forenses mantenga una base de datos de perfiles genéticos y que la Fiscalía cuente con unidades especializadas en todo el país.
El proyecto incluye un capítulo específico sobre la desaparición de niños, niñas y adolescentes, personas mayores, así como personas con discapacidad; procedimientos para la localización de personas extraviadas en desastres naturales. Establece la forma de búsqueda; la duración, que no podrá concluir hasta la localización e identificación; procedimientos; activación de protocolos y búsqueda en el exterior.