El CNE recuerda que desde el 31 de enero queda prohibida la publicación de pronósticos electorales en medios tradicionales y digitales.
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31 de enero de 2025
Cumplimiento legal. El Consejo Nacional Electoral (CNE) informó que, en cumplimiento del artículo 282 del Código de la Democracia, la difusión de encuestas y pronósticos electorales relacionados con las Elecciones Generales 2025 estaba permitida únicamente hasta las 23:59 del jueves 30 de enero.
A partir de esa fecha, y durante los 10 días previos a los comicios, queda prohibida la divulgación de resultados de encuestas para evitar influencias en la decisión de los votantes.
Sanciones por incumplimiento
El CNE advirtió que el desacato a esta disposición conlleva sanciones que incluyen:
- Multas de 25 a 255 salarios básicos unificados.
- Suspensión de publicidad.
- Cierre temporal del medio de comunicación por hasta seis meses en caso de reincidencia.
El CNE destacó que este tipo de regulaciones busca garantizar procesos electorales técnicos, inclusivos, equitativos y con certeza jurídica, en los que se respete la integridad del electorado.
Fuente: Consejo Nacional Electoral.